Kedar (Gush Etzion)

Kedar
Asentamiento israelí

Vista de la Kedar en el desierto de Judea
Kedar ubicada en Estado de Palestina
Kedar
Kedar
Localización de Kedar en Palestina
Coordenadas 31°45′20″N 35°18′34″E / 31.755522222222, 35.309413888889
Entidad Asentamiento israelí
 • País Bandera de Palestina
 • Gobernación Jerusalén
Eventos históricos  
 • Fundación 1984
Superficie  
 • Total 2000 dunhams km²
Altitud  
 • Media 530 m s. n. m.
Población (2007)  
 • Total 1555 hab.
Hebreo קֵדָר (pronunciación Quedar)

Kedar es un asentamiento israelí en Cisjordania, Palestina. Según el sistema administrativo palestino, forma parte de la gobernación de Jerusalén, mientras que en virtud de la organización territorial de Israel, pertenece al área de Judea y Samaria y forma parte del Concejo Regional Gush Etzion. Se ubica al este de Jerusalén, en las colinas de Judea, a una altura de unos 450 metros sobre el nivel del mar, en un clima desértico y seco. El asentamiento está ubicado cerca de Ma'ale Adumim. En 2016 tenía una población de 1.555 habitantes,[1]​ principalmente familias seculares, tradicionales y religiosas.[2]

Historia[editar]

Los primeros pobladores se establecieron al sur del actual Kedar el 8 de julio de 1984, pero no es hasta 1992 que se inicia la construcción de las primeras casas con ayuda de la Organización Sionista Mundial y otros organismos adicionales.

Jurisdicción[editar]

Kedar forma parte del Concejo Regional Gush Etzion y cuenta con unos 2000 dunams para la construcción de viviendas, industria y agricultura. El poblado se encuentra a unos 5 minutos de Ma'ale Adumim, 15 minutos de monte Scopus y a 20 minutos de Jerusalén.[3]

Situación según el derecho internacional[editar]

Como todos los asentamientos israelíes en Palestina, Kedar es considerado ilegal según la ley internacional, aunque Israel lo niega.[4]​ La comunidad internacional considera que los asentamientos israelíes violan la ley establecida por la cuarta Convención de Ginebra, del que Israel es firmante, cuyo artículo 49 especifica que «la Potencia ocupante no podrá efectuar la evacuación o el traslado de una parte de la propia población civil al territorio por ella ocupado».[5][6]

Israel niega que la cuarta Convención de Ginebra pueda aplicarse en Palestina, dado que ésta no estaba legalmente bajo la soberanía de ningún gobierno antes de que Israel tomara control de ellos. Este punto de vista ha sido rechazado por la Corte Internacional de Justicia y por el Comité Internacional de la Cruz Roja,[7]​ así como por la resolución 446 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que especifica «que el Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempos de guerra, de 12 de agosto de 1949, es aplicable a los territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, incluso Jerusalén».[8]

Referencias[editar]

Vista de Kedar en el 2008